Inscripción de fuentes de agua

Aproximadamente el 70% de la superficie del planeta está constituida por agua. No obstante, solamente el 2,5% de toda el agua en el mundo es agua dulce. De este porcentaje, menos del 1% es accesible para el consumo humano, según datos de las Naciones Unidas.

El aprovechamiento adecuado del recurso hídrico tiene un rol fundamental para satisfacer las necesidades básicas de las personas y las comunidades, al garantizar la producción de alimentos, la energía y el mantenimiento de los ecosistemas.

Por esa razón, como parte de muchos proyectos constructivos o desarrollos, se requiere tramitar la inscripción de fuentes de agua (como pozos o nacientes) ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), de forma que se garanticen un caudal suficiente para suplir la demanda y el consumo de este líquido vital.

En Hidrosolution Suago le asesoramos en todo el trámite de inscripción, en cumplimiento de la normativa y los requisitos de ley.

Algunos de esos requisitos son:

  • Certificación literal de la propiedad donde se encuentra el pozo (terreno inscrito a nombre de la ASADA o AyA), así como si existe servidumbre de paso y de tubería.
  • Copia de plano catastro
  • Permiso de perforación
  • Análisis de la calidad del agua por laboratorio con ensayos acreditados
  • Formulario de inscripción lleno
  • Prueba de bombeo de 72 horas

Además, valga aclarar que, si es un pozo donado por un actor privado y está concesionado ante el MINAE, se requiere carta de donación y renuncia al expediente del MINAE firmada por el dueño o representante legal.

Finalmente, hay que contar con el aval de la ORAC correspondiente.

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